La puesta
en pie de una empresa minera real de Guadalcanal 10
El
personal administrativo: hiperdesarrollo y poca eficiencia (6ª parte)
Cuando en los años 70 el personal directivo quede reducido únicamente al administrador, será este el que asuma el poder de jurisdicción. 57
Las funciones del juez se ven auxiliadas por un escribano del juzgado con un salario e 204 maravedíes diarios 58, cargo que desaparece en la restructuración de 1563 y por la ayuda del alguacil y guarda mayor, que estaba obligado a obedecer las ordenes del juez de minas y que, como denunciante, tenia derecho a un porcentaje de las penas pecuniarias a que diera lugar su actuacion59.
Al igual que en el caso de otras áreas de la administración de las minas, los choques de competencias entre el juez y el resto de los administrativos son constantes y en algún caso llegan a ser de especial gravedad, dada la posibilidad que aquel tenia de detener y encarcelar, atribución de la que parece que use y abusos con prodigalidad 60.
En condiciones especiales, cuando se producía una situación grave, desde la Corte se aviaba a un juez especial con comisión temporal para resolverla y poderes igualmente especiales, generalmente a un personaje relevante. Así, en 1565 llegan a Guadalcanal enviados por la Contaduría, Sancho de Ancoain y Sancho de Paz, este ultimo juez para averiguar los fraudes de la Casa de Contratación de Sevilla en 1558, a poner coto a la corrupción generalizada que se padecía en la mina. Comisiones semejantes se sucederían después en 1572 y 1579 61.
El cuarto grupo de personal no productivo era el constituido por los emplea labores de servicio auxiliares del trabajo minero y que recibían salario de la adminastración de la mina. En la época de máximo numero de personas empleadas se encantaban capellanes y un sacristán para el desempeño de los servicios religiosos, un medico enfermero y en ocasiones un albéitar que hacían frente a la asistencia sanitaria, un de la cárcel que se ocupaba de esta y un número de personas no determinado que a las necesidades de los esclavos adscritos a la mina.
El último grupo de personal no laboral era el encargado de la dirección y administración de las denominadas “minas agregadas”, cuyo nombramiento correspondía al administrador General y, tras la desaparición de este cargo, a los oficiales de Guadalcanal 63. En el principio se pensó en nombrar un administrador en cada una de las pequeñas explotación, Pero la escasa relevancia que adquieren algunas de ellas y la escasa distancia existente entre unas y otras, aconseja que en algún caso se agrupen explotaciones a cargo de un solo administrador. Igualmente, puesto que no todas estas minas agregadas fueron trabajadas simultáneamente o con la misma intensidad durante todo el tiempo en que permanecieron abiertas, una misma persona fue administrador de más de una de ellas.
A la mina de Aracena, la de mayor importancia y de explotación mas duradera de das ellas, se envío inmediatamente después de su incautación a Martín de Ramoin, un hombre de la administración de hacienda, quien cesa a fines de 1556 para ser destinado Perú. Se le asignó un salario de 750 maravedíes diarios, que se pagaban con cargo al beneficio de la mina. Tras su cese, es sustituido por Lope Díaz de Mercado, anteriormente escribano de la villa de Aracena, lo que supone para el puesto un descenso de categoría coincidente con una minoración de las expectativas despertadas por la mina, acompañados también de un salario mas reducido. Desempeña Lope Díaz el puesto hasta 1570 en que fallece y es sustituido por Lorenzo de Cañizales, jurado de la villa, hasta el fin de la explotación real y la paralización de la mina.
Del administrador Díaz dependerá también la mina de Galaroza, dada su cercanía a Aracena, en los años de explotación real —en torno a 1563-65—. Desempeña igualmente administraci6n de Cazalla durante el año 1564, en un momento en que se halla una veta importante de mineral y se decide poner allí en marcha una explotación de mayor importancia, expectativa que luego se ve frustrada.
Para Cazalla es nombrado administrador en 1556 Antonio de Fonseca, pronto sustituido por Pedro de Andujar, quien sigue siendo administrador hasta el fin de la explotación, No un corto lapso en 1564 en que es sustituido por el administrador de Aracena, Díaz Mercado. Por ultimo, a Valverde de Mérida se destaca a Francisco de Hoyos en 1556, quien pronto sustituye Juan de Añasco.
El cargo de administrador de estas pequeñas minas se configura, excepto en el efímero caso de Martín de Ramoin, como un empleo secundario, mal remunerado y para el que son designadas personas procedentes de la localidad y desvinculados de la carrera administrativa de la que, a diferencia de los cargos de Guadalcanal, no resulta un escalón hacía cargos de mas importancia 64. En estas denominadas <
57 Cfr. A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 265, s.f., informe de A. de Tolosa sobre Guadalaeal, ano 1577.
58 El 24 de abril de 1558 se nombraba para este cargo a Juan Vázquez de la Pena, a quien se le instruyan que
“dos autos y diligencias que ante el pasen tocantes a posturas y a personas que pidan mandamientos para ser amparados y de negocios de la dicha fabrica, administración y gobierno, debe lleuarlos sin derecho alguno; los demas, los llevara conforme al arancel del reino”.
59 El 1 de abril de 1559 pasó a desempeñar el oficio de alguacil del Administrador General de minas; cfr. LG.S. Escribanía Mayor de Rentas, Minas, Leg.° 1, fol. 1.
A.G.S. Contadurías Generales, Leg.° 3.072, s.f., Carta de la Princesa a Mendoza de 8 de septiembre de 1556.
60 Cfr. A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 31, fol. 47 y GONZALEZ, T.: Noticia hist6rica... roes de Guadalcanal, vol. I, p. 367.
61 Cfr. A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 66, fol. 61, carta de Sancho de Paz a los res mayores de 12 de octubre de 1565, en la que informa:
“Es ynposible que no ayan participado en estos hurtos personas que sirulan a Su Mag. estas minas (...). Este negocio de los hurtos aviendose de hazer como conviene al servicio de su Magd. sera muy largo por averse de hazer muchas averiguaciones (...) paresce qua negocio de letrado que de onbre de capa y espada (...)”.
Atendiendo a su sugerencia, el Consejo le envía para auxiliarle a Pedro de Llodio, alcalde de la Chancillería de Granada; cfr. también GONZALEZ, T.: Noticia hist6rica... minas de Guadalcanal, vol. II, Sobre la información que envía a la Corte Sancho de Andoain, cfr. A.G.S. Escribanía Mayor de Minas, ;Leg.° 1, fol. 7. Sobre la actuación de Sancho de Paz en las averiguaciones de Sevilla, cfr. Estado, Leg.° 121, fol. 111.
62 Capellán era en 1556 Martín García, nombrado por D. Francisco de Mendoza y sustituido el 22 de marzo de 1558 por Hernán Ponce, quien sirvió hasta que falleció el 1 de abril de 1563 salario de 48.000 maravedíes al año. Ese mismo ano se designó un nuevo capellán para procurar una mejor atención de las minas, Luis Pineda, con un salario de 36.720 maravedíes al año; con ello, queda la explotación servida por dos clérigos. A Pineda le sustituye en marzo de 1559 Sebastian García, estipendio de 102 maravedíes al día. En 1568 era capellán Juan Carrasco, que había sustituido , Yañez de Castro, quien en 1567 había sido despedido <
El carcelero ganaba en 1558, 68 maravedíes al día. En 1568-70, desempeñaba el cargo Alonso de Bolaños; cfr. A.G.S. Diversos de Castilla, libro 46, fol. 21; A.G.S. Contadurías Generales, LE s.f., carta de los contadores mayores a los oficiales de las minas de Guadalcanal, de 26 de novie. 1568, A.G.S. Escribanía Mayor de Rentas, Minas, Leg.° 8, fol. 2.
El medico, licenciado Rodríguez en el periodo 1556-61, cobraba en un principio 50.000 mara' ano. De el informaba D. Francisco de Mendoza:
“(...) el licenciado medico y cirujano y boticario (desempeñaba conjuntamente los tres Su muger e hijo han dado petición diziendo que lo mas del tienpo siruió con dos o tres salario y después con cuatro cada día y tenia en su casa todos los enfermos, trabajo negros que adolecían y tenia mula y mogo para yr como yva cada día a las minas desde canal a curar y murió siruiendo con muy gran pobreza y que fue menester pagalle el miento” .
Le sustituye en 1562 el licenciado Pedro de Paz, a quien se le pagaban 37.500 maravedíes año, y q hasta el 31 de agosto de 1575. El licenciado Andrada, con un salario igual, le reemplaza hasta mayo de 1576.
El enfermero cobraba en 1558, 68 maravedíes diarios cuando había enfermos en el hospital. Cfr. A.G.S. Estado, Leg.° 56, fols. 90 y 91. A.G.S. Diversos de Castilla, Leg.° 46, fol. 21. Go T.: Op. Cit., vol. I, p. 356, vol. II, pp. 92 y 461.
63 Cfr. A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 47, fol. 51; Leg.° 48, fol. 63.
64 En relación con M. de Ramoin, cfr. A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 130, fol. 89, carta 3u Magda, de M. de Ramoin, en que le agradece el haber sido nombrado secretario de los asuntos antes al asiento y perpetuidad del negocio del Perú. Salario, en A.G.S. Contadurías Generales, Leg.° 172, s.f., instrucción de M. de Ramoin de 18 de abril de 1556. Sobre Lope Díaz de Mercado, cfr. G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 30, fol. 105, instrucción de Mendoza a L. Díaz de Mercado; g.° 28, fol. 1, testimonio de L. D. de Mercado; Leg.° 51, fol. 21, de los oficiales de minas a Su Magd. 31 de diciembre de 1563. Lope Díaz “era vezino de Arazena y esta alli casado y azendado”. A.G.S. Contadurías Generales, Leg.° 851, s.f., de los contadores a L. D. de Mercado de 8 de abril de 1564. G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 103, fol. 12, carta de los oficiales de Guadalcanal a Su Magd. 8 de marzo de 1570:
“Lope Días de Mercado, a cuyo cargo fueron las minas de Aracena, sabemos que murió sin testas. Luego que murió, fuimos auisados de la justicia del dicho lugar y enbiamos requisitoria para que se enbargasen con ynuentario todas las cosas que estauan en su poder y para tomar recado de sus herederos”.
G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 106, fol. 8, carta de los oficiales a Su Magd. de 7 de mayo 1570, nombramiento de Lorenzo de Cenizales. Sobre su actuación en Cazalla, cfr. A.G.S. Contadurías Generales, Leg .° 851, s.f., de los contadores mayores a L.D. de Mercado de 11 de octubre de 1564.A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 58, fol. 156.
La administració6n de A. de Fonseca, en A.G.S. Escribanía Mayor de Rentas, Minas, Leg.° 1, fol. Sobre Pedro de Andujar, cfr. A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 46, fol. 194y Leg.° 67, fol. 53.
Sobre la administraci6n de Valverde de Mérida, cfr. A.G.S. Estado, Leg.° 114, fol. 63; A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 30, fol. 111.
Sobre la administración de Galaroza, cfr. A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 47, fol. 48.
65 A.G.S.
Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 150 bis, fol. 5 y Leg.° 55. Información
sobre el sueldo del escribano y GONZALEZ, T.: Noticia histórica... minas de
Guadalcanal, vol. II, p. 58
De Minería, Metalúrgica y Comercio de Metales
Julio Sánchez Gómez
Julio Sánchez Gómez
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