By Joan Spínola -FOTORETOC-

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Villa de Guadalcanal.- Dió el Sr. Rey D. Fernando a Guadalcanal a la Orden de Santiago , e las demás tierras de la conquista, e de entonces tomó por arma una teja o canal, e dos espadas a los lados como así hoy las usa.



miércoles, 25 de julio de 2012

Minas de Guadalcanal en el siglo XVI (10)


Cartas de don Francisco de Mendoza al señor Rey don Felipe Segundo, acerca del modo con que deberia haberse publicado la ordenanza de minas, y sobre varios negocios de la administracion de las de Guadalcanal. (Segunda parte)

El administrador mandará que la gente que se ha de coger para entrar á trabajar en los tornos y pozos se coja el do»mingo á la tarde. Despues de hécholes la paga, la que ha de trabajar por la fábrica se coja el lunes por la mañana para toda la semana, y de la una y la otra se dé al cogedor memoria señalada del administrador ó oficiales, y el cogedor haga muestra de ellos ante el veedor, el cual terná cargo de despedir al que no paresciere que es para trabajar, é firme las copias de lo que se les debe de su trabajo, las cuales le llevarán el cogedor y el que los asienta, con la memoria que le dió para cogerlo el administrador, para que juntos averigüen lo que se les ha de librar. La memoria se dará al cogedor el sábado á la noche, ó el domingo de mañana.
El administrador, al tiempo que se han de hacer las nóminas para pagar los salarios ordinarios á todos los oficiales, hará juntar con él á los tres oficiales de S. M., y ordenen que el contador haga las libranzas, y las firmen todos por la orden dicha , y vean antes de librarlos si han residido como les está ordenado, porque si no, se le quitará por rata al que hobiere faltado sin tener ucencia.
El administrador , cuando quisiere ver alguna cuenta en los libros de S. M. que el contador tiene á su cargo, mande que el oficial del dicho contador le lleve los dichos libros adonde quisiere verlos.
El administrador ordene que los oficiales de S. M. firmen luego los cargos y cosas que les está ordenado firmar en el li* bro del contador; é no habiendo lugar de firmarse luego, sea á cargo del contador inviar con su oficial el libro á que lo inen , porque no haya dilacion alguna en ello.
El administrador é oficiales de S. M, se juntarán cuando se haya de.inviar á Sevilla ó á otra parte para hacer traer algunas cosas que son menester para el servicio de la fábrica, y él y ellos firmen, las cartas, é ni mas ni menos cuando les pondieren esten juntos, y sepan lo que se invió para quevean si lo proveyeron como convenía , y hayan de allí hacer el cargo dello al que lo rescibiese, y la memoria por donde sé pidió quede en un libro que terná el escribano para asentar las cosas que ordenaren.
El administrador ordene que las cosas é provisiones de mantenimientos para la fábrica, tenga cargo de mirar lo que conviene, é poner los precios dello uno de los tres Griales del Rey, remudándolos cada mes ó semana como paresciere mejor; y que habiendo la provision del trigo ó carneros como suele hecha con los dineros de S. M., como se vaya sacando el dinero cada semana ó mes, se entre en la arca de tres llaves hasta tornarlo á emplear, é la cuenta deje fenescida el oficial semanero.

El administrador declare las medicinas é dietas que se dan á los enfermos á quienes de la fábrica se deben dar, porque hasta agora hanse dado á todos los oficiales del Rey y de la fábrica que las han pedido é á sus criados de -algunos, porque sino se han de dar sino á los pobres, se sepa, é con el médico se declare el tiempo que ha de asistir en la fábrica que debia ser cada dia, é la orden que ha de tener en el hospital y botica , porque lo tiene todo á su cargo: é habiendo de haber esclavos de S. M., convernía que el hospital y botica esté en la fábrica, y el médico vaya cada dia á la fábrica.
El administrador señalará á las personas que se debe dar papel, tinta y candelas, porque se dan á algunos de los oficiales del Rey, y á algunos y al juez y teniente de administrador, porque el mayordomo que lo tiene á cargo, sepa al que lo ha de dar.
El administrador mandará que los esclavos de S. M. se repartan entre todos los oficios de la fábrica, y excusando otros tantos trabajadores vayan con el tiempo aprendiendo los oficios.
El administrador declarará que el que tiene á cargo las herramientas y cosas nescesarias para la labor de la hacienda las dé por orden del veedor, é se le resciba en cuenta lo que estuviere señalado del veedor, por excusar el embarazo de ir por cada cosa destas á pedir al administrador general.
El administrador declarará que todo el dinero que viniere á la fábrica por S. M., se meta en la arca de tres llaves en presencia de los tres oficiales, é saquen los que les paresciere bastan para toda la semana para gastos menudos.
El administrador ha de mandar que en la fábrica haya contino un reloj, para que los que van al trabajo sepan la hora á que han de entrar é salir de él.
El administrador ha de ordenar que no se nombre á ninguna persona que no sean de los que llevaban salario ordinario de la fabrica, para ir á ninguna cosa de las tocantes á aquella fábrica, habiéndole que sepa hacerlo, é al que se enviare, le den él y los tres oficiales la instruccion de lo que ha de hacerr en el libro del escribano de fábrica quede otro tal.
El administrador é los tres oficiales se hallen juntos, cuando se inviare la plata á Sevilla, é todos firmen la carta que se escribe con el que se invia, é ni mas ni menos hagan en todas las que se escribieren tocantes aquella hacienda.
El administrador dé á los oficiales de S. M. lo que en la instruccion y ordenanzas que á él se le dió, hablare tocante á cada uno de los dichos oficiales, como en la provision de sus oficios se contiene, para que, conforme á lo que en la instruccion del dicho administrador se manda, usen sus oficios.

En una instruccion que se dió al contador dice que firmará el Veedor é contador todos los gastos que se hacen en la fabrica. Hasta agora ha firmado el teniente de administrador y el contador. V. M. mandará como se ha de hacer de aquí adelante.
El administrador señalará los aposentos en la casa real para sí é para los tres oficiales de S. M. primero que para otro ninguno, á cada uno de manera que puedan residir en la fábrica dentro de la dicha casa.
El administrador hará que, cuando alguno de los tres oficiales de S. M., ó por no tener salud, ó se le mandare ir á alguna parte en servicio de S. M., que el tal oficial deje nombrado quien use su oficio, tomándole la solemnidad que se requiere, porque asi se hace entre los oficiales de S. M. que residen én la casa de la Contratacion de Sevilla.
El administrador é los tres oficiales se hallen juntos cuando se diere alguna obra á destajo, para que en presencia de todos se remate é por sus pregones, como se acostumbra.—El licenciado Montalban.

Contaduría de las minas, libro núm. a 4 de abril de 1554.
Don Francisco de Mendoza, administrador general, proveyó un mandamiento en Guadalcanal á 24 de abril del año de 1559 por ante el escribano Juan Vazquez, en que dijo: "que por cuanto por la nueva pragmática que su Magestad mandó hacer sobre lo tocante á las minas de estos reinos, »manda que una legua á la redonda de las minas que se han descubierto, y labran en el término de la villa de Guadal» canal, y media legua de las de Cazalla, y un cuarto de legua de las de Aracena, ninguna persona pueda buscar ni »labrar mina alguna; y porque conviene al servicio de su Magestad que en el dicho término se entierida las minas que hay y no esten encubiertas: confiando de Pedro Rubio, vectino de la villa de Azuaga, y de Pedro Hernandez de laTorre, vecino de Fuente-Ovejuna, personas de experiencia en lo tocante á minas, los nombró y señaló para que en nombre de su Magestad viesen juntos el dicho termino, y en tierras realengas, concejiles, y de particulares, y en cualesquier he redades de panes y viñas pudieran buscar y descubrir todos los mineros, dando aviso de las que descubrieren en dichas heredades de particulares para tasar el daño, jurando antes su oficio, y acompañados de otra persona nombrada por el administrador, con salario á cada uno de dichos descubrido»res de cinco reales y medio cada dia."
En 4 de mayo se nombró en iguales términos á Alonso de Cárdenas, y Alvaro Hernandez, vecinos de Hornachos.
En 13 de junio de dicho año se nombró en ignales términos á Diego Ruiz de Peñalver, vecino de Almodovar.
En el dia siguiente se nombró en iguales términos á Juan Pareja, y Francisco Rodríguez, vecinos de Almodovar.
En el mismo dia á otro. Francisco Rodríguez de la misma vecindad con un peon.
En a 1 de agosto de dicho año se nombró en los mismostérminos á Francisco Hernandez, vecino de la Puente del Arzobispo.

Documentación.- Centro de Archivos Turolenses (patrimonio siglo XVI)

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