By Joan Spínola -FOTORETOC-

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Villa de Guadalcanal.- Dió el Sr. Rey D. Fernando a Guadalcanal a la Orden de Santiago , e las demás tierras de la conquista, e de entonces tomó por arma una teja o canal, e dos espadas a los lados como así hoy las usa.



martes, 4 de marzo de 2014

Inicio, auge y decadencia de las minas de Guadalcanal 3


La intervención de la Hacienda Real y el cambio de rumbo de la explotación 1

La riqueza de la mina, absolutamente desconocida en estas tierras, unida al prestigio mítico de que entonces gozaban los metales preciosos, hace que la noticia de su ex y su abundancia corran inmediatamente a lo largo del reino y lleguen a la Corte. se reciben ”avisos secretos” comunicando que unos vecinos de Guadalcanal habían descubierto en aquel termino una mina
“abondantes de metal de plata muy rico, y aun alguna cantidad de oro” (1)
La leyenda de Guadalcanal, que se prolongara a lo largo de todo el siglo, había comenzado ya.
Con objeto de recabar información, se ordena desde la Corte a la autoridad real cercana, el gobernador de Llerena marqués de Falces, que se dirija a Guadalcanal un informe a fin de, en expresión de la Princesa. Gobernadora, “prouer en ello más conuenga a mi rreal seruigio”». Llegado Falces a Guadalcanal el 17 de octubre la primera decisión consiste en reconocer el derecho que asiste a Schedler en su pretensión respecto de los quintos reales en aquella mina, en virtud del acuerdo de 1553, inmediatamente y a instancias de la Corte, le ordena que no use de su derecho nueva orden. La siguiente medida fue una decisión tradicional en los casos en producían litigios en relación con explotaciones mineras: la orden de inmediata suspensión de los trabajos hasta que se dicte nueva providencia, excepto las fundiciones de material extraído, que se efectuaran bajo su directa supervisión, mediante el nombramiento de unos funcionarios alguaciles que controlaran también, sustrayéndolo a las autoridades locales, el cobro del tributo real. Falces topa inmediatamente con el vacío legislativo existente en materia de minas, por lo que se ve obligado a dictar medidas sin apoyatura normativa en toda una serie de cuestiones: limites entre explotaciones, ordenanzas respecto al use del “partido” en el pago a los trabajadores, etc. Como resultado de su visita Falces envía a la Corte un informe en el que sus avisos sobre la excepcional de las minas superan las noticias anteriores: de cada quintal de mineral extraído y una vez sometido a fusión, salía una cuarta parte de plomo artentífero, cuya riqueza en plata tras afinación era igualmente de un cuarto. Es decir, cada quintal de mineral producía en plata la asombrosa cantidad de 125 Kg. por tonelada de mineral extraído asombrosa ley de 12,5 % (2)
El informe de Falces es sometido a deliberación del Consejo de Hacienda y la reacción de la Administración es en este caso desusadamente rápida. El veintinueve de octubre expide comisión para que Agustín de Zarate se desplace a Guadalcanal y tome serie de resoluciones. La elección de Zarate, un alto funcionario real que había formado parte del sequito del príncipe Felipe en Flandes y en Inglaterra, no es caprichosa En su curriculum se contaba el haber estado destacado en Perú como contador de cuentas lo que poseía experiencia anterior como visitador de minas en aquel virreinato, una experiencia todavía entonces no común entre los funcionarios reales metropolitanos (3). Se le concede para su comisión un salario elevado, dos ducados diarios.
Las primeras instrucciones de la Corona a Zarate aun no revelan ningún propósito expropiatorio “todavía en noviembre la correspondencia del Rey, entonces en Flandes, con la Princesa Gobernadora habla solo de cobrar los quintos” (4) pero acentúan su carácter intervencionista en la explotación. La orden que Zarate recibe, especifica:
 “Aveis de decir a la persona o personas que allaron la mina rica questa descubierta e a las otras que con ellas tubieron parte que yo os enuio a poner rrecabdo en ella e acella fabricar e ueneficiar, entre tanto que se averigüe la parte que les pertenescera de lo que procediere de la dicha mina, e lo que sea de azer con Joan de Xedler, por birtud del assiento que con el esta tornado por los mis contadores mayores, y lo que a ml me pertenescera de ello, e que de todo lo que se gaste se terná buena quenta e ansimismo del probecho que de la dicha mina se sacare para dalles la parte que de la dicha mina les pertenesciere, e que esten ciertos que en el cumplimiento desto no abra falta” (5)
De hecho se ha producido un autentico embargo de la mina, aunque todavía sin pretensiones de incautación.      
Pero la Administración es consciente de que no podrá proceder a una explotación de a mina con garantía de alta rentabilidad sin el concurso de aquel que tiene la llave de la técnica: Schedler. Por ello, se concede a Schuren, representante de Schedler para el contrato minero, la tenencia de una llave de todas las dependencias mineras y el derecho a vigilar y llevar libro de cuentas y razón de todo lo que proceda de la mina (6).
"Recibe además Zarate la orden de que para que se aga mejor y con mas breuedad (la prosecucion de la labor de las minas), admitais al dicho Joan de Xedler y los maestros, oficiales e otras personas que truxieren e quisieren que labren en la dicha mina, con los ingenios e artificios que para ello higieren" (7)
Un mes más tarde, en diciembre, Zarate informaba a la Corte que, conforme a su comisión, había llamado y tratado a través de Schedler con algunos alemanes que trabajaban en las minas de Alcudia y La Serena, a lo que la Princesa responde:
“E olgado mucho (...) de la horden que aueis dado con los alemanes para desaguar y linpiar los pozos y sacar los metales e benefigiallos” (8)
Mientras tanto, a la espera de la llegada de los alemanes “que se producirá en numero importante ya desde comienzos de 1556” se recomienda la explotación recurriendo a la mano de obra anterior, reforzada con nuevos contratados en las mismas zonas “Hornachos, Fuenteovejuna, Azuaga, Fuentedecantos, algunos afinadores de Sevilla” (9). Por temor a la posibilidad de fraude que representa, se suprime la tradicional modalidad de cobro “a partido” , imponiéndose el cobro a jornal o destajo, tal como indica la orden de la Princesa a Zarate:
“no consintais que ninguno trauaxe en las minas para lleuar parte del metal, sino por xornal o a destaxo por la cantidad que sacare e prouecho. Que se mire que los que trauaxaren en esto no urten ninguna cosa dello” (10)
La prosecución de las labores se produce con graves inconvenientes de tipo meteorológico “habitualmente las actividades mineras solían paralizarse en la época de máxima intensidad de las lluvias, pero la urgencia que la administración imprime a Zarate no lo permite en este caso”, pero por primera vez se plantea la necesidad de acometer la estibación y el desagüe de las labores, imprescindible al pasar el sistema de explotación del rudimentario practicado por los descubridores en forma de pozos sucesivos a atacar el filón por medio de pozos y galerías:
“después que aquí llegue a fecho tantas agua i tenpestades sin cesar noches e dias que por ninguna forma se a podido cauar en los pozos, antes se a temido que se abrian de undir segud el agua que an cojido. Y caso quel principal que se les a podido dar era echalles ciertos apoios que se llaman ademas, que uan sustentando entranbas partes del poco, tanbien se allo grand peligro en esto, porque se desmoronaba la tierra al entrar, e se temia peligro de los que estouieren dentro”.
(...). Los pozos se preparan
“de suerte que en los primeros dias que gesen las aguas se puedan echar y tener a punto los tornos e unos gaques que se acen de cuero para desaguar las minas” (11)

(1) A.G.S. Contadurfas Generales, Leg.° 3.072, s.f.
(2) A.G.S. Contadurias Generales, Leg.° 3.072, s.f.
(3) Cfr. A.G.S. Estado, Leg.° 108, fols. 194 a 197; Contadurias Generales, Leg.° 3.072, s.f.: comisión A. de Zarate. A.G.S. Estado, Leg .° 512, fol. 73 a 75, fol. 83; Estato, Leg.° 511, fol. 194 y fol. 228; 3stado, Leg.° 510, fol. 111; Estado, Leg.° 112, fols. 95 a 103. Gonzalesz mas: Noticia histórica... ninas de Guadalcanal, vol. I, p. 53. Sobre Zarrate, cfr. BASAS FERNANDEZ, M.: El consulado de Burgos en l siglo XVI, p. 190.
(4) Cfr. A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 31, fol. 61: carta de Su Magestad a Su Alteza le 14 de noviembre' de 1555.
(5) A.G.S. Contadurias Generales, Leg.° 3.072, s.f.
(6) A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 34, fol. 364: apuntamiento sobre el asiento de J. Cchedler, año 1558.
(7) A.G.S. Contadurias Generales, Leg.° 3.072, s.f.
(8) 1 A.G.S. Contadurias Generales, Leg.° 3.072, s.f.: carta de la Princesa Gobernadora a A. de Zarate le 31-XII-1555.
(9) Cuatro de los fundidores proceden de Azuaga, Fuenteovejuna y Fuentedecantos; dos guardas proceden de Azuaga y Llerena. Las afinaciones las hacían afinadores procedentes de Hornachos y Azuaga, pero se habían contratado también afinadores expertos de Sevilla. Zarate comunica también que, dada la urgente necesidad de afinar plata, “yo e fecho benir aqui todos los afinadores de la comarca”, lo que indica la existencia al menos de tradicion anterior de este oficio en la zona. Cfr. A.G.S. Contadurias Generales, Leg.° 3.072, s.f.: cartas de A. Zarate a la Princesa, noviembre de 1555.
(10) A.G.S. Contadurias Generales, Leg.° 3.072, s.f.: Carta de la Princesa a Zarate de 31-XII-1555.
(11) fr. A.G.S. Guerra Antigua, Leg.° 109, fol. 30: Informe sobre la posibilidad de beneficio de las Guadalcanal; 11 de febrero de 1581. 

De Minería, Metalúrgica y Comercio de Metales
Julio Sánchez Gómez
 

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