By Joan Spínola -FOTORETOC-

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Villa de Guadalcanal.- Dió el Sr. Rey D. Fernando a Guadalcanal a la Orden de Santiago , e las demás tierras de la conquista, e de entonces tomó por arma una teja o canal, e dos espadas a los lados como así hoy las usa.



sábado, 11 de octubre de 2014

Inicio, auge y decadencia de las minas de Guadalcanal 32

La puesta en pie de una empresa minera real de Guadalcanal 12

El personal administrativo: hiperdesarrollo y poca eficiencia (8ª  parte)
Pero la administración de justicia no estaba desde luego libre de la corrupción generaliza 1557, el administrador Diego López informaba:
“a unos que hurtaron un metal, que se prendieron en Constantina, condenó en las setenas, e valía el metal 64 ducados. Las setenas son de Hernán Franco, alcalde huésped suyo, y por seis ducados si no quieren dalle mas, los soltara, porque querrá mas aquellos que no nada y que los lleven a las galeras en defeto de no pagallo. Deberíase mandar no hubiese setenas en este caso de minas, o que fuesen para el Rey” 81.
También el nepotismo era moneda de use corriente en las prácticas de los directivos de la mina: cargos creados ad hoc para el protegido de un oficial, empleo de familiares en puestos de la mina tras despedir a los que antes los ocupaban. La administración de López, según puede deducirse de las informaciones de Murga, parece que llego a un punto intolerable en esta viciosa practica; en el mismo momento en que llego, colocó a más de veinte parientes y amigos suyos, elevándoles sustancialmente los salarios que cobraban sus antecesores, lo que suscitó numerosas y airadas protestas por parte de los desplazados, construyó aposentos para ellos y les concedió prebendas en los abastecimientos de víveres y pertrechos a la mina. La situación llego a deteriorarse tanto, que obligó a la Administración Real a dictar una provisión ordenando a López que repusiera cargos a los empleados anteriores y que en lo sucesivo.
“no terneys en ninguno de los cargos desa fabrica deudo ni criado vuestro ni de vuestra muger82.
Junto a incompetencia y corrupción, era la desorganización el tercero de los grandes males que aquejaban a la administración de la empresa real. La Orden de un funcionario era a veces contradicha por otros, las decisiones se retrasaban por excesiva burocratización paralizante y por tener que someterse a una serie de controles, muchas veces situados fuera de la mina, que, lejos de servir para un mejor aprovechamiento de los recursos los a la explotación, solo producían retrasos y despilfarro 83. Sirva como un ejemplo entre muchos de todo lo anterior y de la alegría en la administración de fondos, lo sucedido en Aracena donde en 1564 y con destino a instalaciones de fundición se alquilan unas casas, cuyo valor se afirma que es de 100.000 maravedies, por 9.000 maravedies al mes y su acondicionamiento se invierten 200.000 maravedies. Dado que el valor de lo invertido muy superior al de los propios precios, Lope D. de Mercado aconseja que se compren para evitar la pérdida de la inversión efectuada, a lo que se niegan los oficiales de Guadalcanal. 84
Los informes de visitadores e inspectores son generalmente negativos respecto a labor de los administradores de Guadalcanal. En este sentido se pronuncian el obispo de Lugo, el clérigo Diego Delgado, 85 el contratado para practicar el procedimiento del azogue Mosén Boteller, el juez Murga o el administrador de Aracena, Díaz de Mercado. Las informaciones de estos dos últimos resumen muy bien la opinión generalizada escribía D. de Mercado:
“rremitir esto a unos onbres que teniendo a cargo aquellas minas de Guadalcanal no saben que cosa es entrar en un pozo, ni saben ni entienden lo que hay allí debajo ni por donde ni como corre la bena, ni como esta ademado, ni si va bien o mal seguido el metal y finalmente si les preguntan que ay alli debaxo en aquella mina que tienen a cargo no saber dar rracon dello, como pueden mandarme a mí acá lo que tengo que hacer en unas minas y pozos nunca vieron y aunque los vean no los saben entender y no me mar: clesos señores del consejo cómo lo permiten teniendo entendido esto” 86
y el licenciado de Murga:
“he visto en este poco tienpo ha grandes dañlos que la acienda rescinde de no auer orden ni quenta en muchas cosas sustanciales (...). Sé decir a V.M. que no ay casa de ningún particular que no tenga más quenta y razón. (...) El que vino a administrar la hacienda lo hace a su gusto, dando a entender que quier ahorrar, poniendo doce personas do estauan seis”
La solución que se le ocurre es que la mina
“se avia de regir por personas muy honradas y de diversas tierras y lugares” 87
En repetidas ocasiones, la Administración Central intenta solucionar estos problemas sin que parezca que el éxito acompañara demasiado sus esfuerzos. El problema real o ficticio, del número excesivo de personal no laboral se intenta atajar por medio de la reforma de 1564, entonces ya verdaderamente necesaria puesto que la mina había comenzado su decadencia y disminuido rápidamente los beneficios. Se trataba esencialmente de adecuar la administración a la situación real de la explotación, a lo que se une al mismo tiempo una reducción sustancial de la plantilla de trabajadores. Ya en 1563 el número de ambos colectivos —laboral y no laboral— parecía excesivo, a tenor de la rápida disminución los beneficios de la explotación y el propio Rey aconsejaba:
“Acá parescia que por agora no hay nescesidad de tantos guardas ni tener persona con salario señalado para depositario de los metales, y que bastaría con un capellán y que el escribano de la fabrica y juzgado tiene crescido salario para de ordinario, y que si algunos oficiales de los que quedasen pudiesen ayudar y seruir en alguna otra cosa con que se excuse otro salario, se haga y el que hasta aquí se ha dado a Juan López de Cubicarreta y Francisco de Ávila, solicitador, no se les pagara de aquí adelante porque no son menester”  88.
También los Contadores urgían la reforma el 15 de noviembre de 1564:
“paresce que tener allí fabrica formada de contador, thesorero y veedor y un juez y alguazil y escrivano y guardas para tan poco prouecho, que se debe escusar”. 89

81 A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 31, fol. 46
82 A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 31, fol. 48 y Leg.° 30, fol. 112. Sobre el nombramiento de Juan Vázquez de la Pena, un protegido de Mendoza, como alguacil de la administración general crf. A.G.S. Escribanía Mayor de Rentas, Minas, Leg.° 1, fol. 1.
83 Además de las informaciones ya antes citadas, cfr. A.G.S. Estado, Leg.° 211, fol. 111, carta del de Hacienda a Su Magestad de 24 de abril de 1557, doble nombramiento de un contador en la r los Contadores y por los administradores de la mina. Cfr. también A.G.S. Estado, Leg.° 124, carts de D. Francisco de Mendoza, 10 de junio de 1557. A.G.S. Estado, Leg.° 129, fols. 37, 48, ado, Leg .° 124, fol. 55, sobre las dilaciones que se producen en las decisiones del Consejo tocantes Todavia en 1571, Zárate, entonces visitador en las minas, informaba:
“no me pareciera que cunplo con lo que debo al seruigio de V.M. con dejar tan gruesa hacienda en poder de dos personas de tan diferente opinión, que por maravilla propone el uno cosa que el otro no se la contradiga; y como no hay tercero que juzgue cual tiene razón, podría padecer por esto gran detrimento la hacienda”;
cfr. A.G.S. Estado, Leg.° 112, fol. 6, Cfr. también A.G.S. Estado, Leg.° 121, fol. 81, informe de Diego Delgado de 26 de febrero de 1557; Estado, Leg.° 124, fol. 51.
84 Cfr. A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 58, fol. 156.
85 Los informes negativos alcanzan desde luego al propio administrador general, Mosén Boteller escribía a la Corte:
“en las dilaciones que me truxo el dicho don Francisco, unas vezes por no estar en las minas de Guadalcanal por estar en la Corte y otras vezes por yr a se casar a Granada, a gastado tres años de tienpo y mucho dinero”;
estas dilaciones producen el que en Guadalcanal se inicien las pruebas primeras del procedimiento del azogue tres años mas tarde de lo que hubiera sido posible; cfr. A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 47, fols. 60 al 69, relaciones de Mosén Boteller. El informe del obispo de Lugo, en A.( Leg.° 129, fol. 227: “Sería mayor la riqueza si se aprovechara mejor de lo que se aprovecha” Gonzalo Delgado, en A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 31, fol. 66.
86 A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 47, fol. 51.
87 A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 31, fol. 51.
88 A.G.S_ Escribania Mayor de Rentas, Minas, Leg.° 20, carta real de 27 de abril de 1563. A.G.S. Consejo y Juntas de Hacienda, Leg.° 58, fol. 134, carta real de 6 de marzo de 1564. Cfr. tambien A.G.S. Generales, Leg.° 851, s.f., de los contadores a los oficiales de Guadalcanal, 8 de abril de 1564.
89 AG.S. Estado, Leg.° 143, fol. 157.

De Minería, Metalúrgica y Comercio de Metales
Julio Sánchez Gómez

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