DESPACHO DE JUAN DE SILVA Y PANTOJA A LA VILLA DE GUADALCANAL EN EL AÑO 1797 SIENDO REY CARLOS IV
Siempre atento y deseoso el Rey del verdadero bien, y posibles mayores, mejoras y ventajas en todos los Ramos de utilidad común, y beneficio de los Pueblos, particularmente en los Gremios y clases de los honrados útiles Labradores, Agricultores, Artesanos y Fabricantes, que bien entretenidos y empleados con zelo, luces y conocimiento de su respectivo Arte y Exercicios pueden sacar y proporcionar sobre su particular interés y ventajas, el de sus Pueblos, Provincias, el de la Nación y del Rey, para ponernos al igual ó superiores a las demás útiles Artes y trabajos que prosperan en ellas, y por su defecto, poco estúdio, ó descuido entre nosotros, hasta ahora comparecemos inferiores, pudiendo ser en todo muy superiores por las ventajas locales, y a mayor fertilidad de nuestro suelo, temple, clima, suaves leyes y Legislador que nos gobierna; me ha cometido y encargado por su zeloso primer Ministro el Excelentísimo Señor Príncipe de la Paz, el que yo haga entender y propagar en los pueblos de esta mi Intendencia y Provincia estos sentimientos y buenos deseos de su paternal Regio amor á sus Vasallos, de que persuadidos lo procuren, y proporcionen, facilitando, relacionando, y llenado con ingenuidad y verdad las preguntas del adjunto Interrogatorio impuesto que dirijo á cada Pueblo por su respectivo Caballero Corregidor, ó Cabeza de Partido; cuyas noticias, y demás entiendan puedan conducir á su felicidad y aumento de particulares convivencias, convivencias con la Nación, reunidas, y dirigidas que me sean por los dichos Corregidores, ó en derechura, procuraré ilustradas en mi posible, ó hasta donde alcance mi respectivo zelo, amor, é interés por la causa pública y particular de esta Provincia de mi Intendencia y naturaleza, y trasladadas, como me es mandado, en un Plan general al Rey, por su expresado Primer Ministro el Excelentísimo Señor Príncipe de la Paz, para la nueva Dirección, creado para el fomento general del Reyno, bajo la inspección de dicho Excelentísimo, las exime, y pueda, reconocidas las causas, promover y facilitar las ventajas, aumento, convivencias, y beneficio general que se desea y deben prometerse los particulares los pueblos, todos, y el todo de la Nación, si cada uno concurre y cumple con su respectivo prevenido, y explicado en una y otra circular, como yo lo haré por mi parte, y tomando, y haciendo un atento estúdio del Periódico Semanario de Agricultura, de Artes que se publica é imprime en Madrid, dirigido principalmente á los Párrocos, para que lo expliquen y difundan entre sus Convecinos Feligreses, á los objetos y ventajas relacionadas, y demás que de ellos se puedan sacar, repitiéndose estas mismas noticias cada cinco años, con la variación que puedan tener, no olvidándolo los expresaros Corregidores y Pueblos, sin necesidad de nuevo recuerdo por su importancia y propio interés, como así se manda, y se me previene por dicha superioridad; en el concepto de que importa la mayor brevedad, porque antes de finalizar este año, y en todo Noviembre se me mandan remitir á la Corte
Dios guarde á V. muchos años.
Badajoz, 10 de Octubre de 1797.
Juan de Silva y Pantoja
Siempre atento y deseoso el Rey del verdadero bien, y posibles mayores, mejoras y ventajas en todos los Ramos de utilidad común, y beneficio de los Pueblos, particularmente en los Gremios y clases de los honrados útiles Labradores, Agricultores, Artesanos y Fabricantes, que bien entretenidos y empleados con zelo, luces y conocimiento de su respectivo Arte y Exercicios pueden sacar y proporcionar sobre su particular interés y ventajas, el de sus Pueblos, Provincias, el de la Nación y del Rey, para ponernos al igual ó superiores a las demás útiles Artes y trabajos que prosperan en ellas, y por su defecto, poco estúdio, ó descuido entre nosotros, hasta ahora comparecemos inferiores, pudiendo ser en todo muy superiores por las ventajas locales, y a mayor fertilidad de nuestro suelo, temple, clima, suaves leyes y Legislador que nos gobierna; me ha cometido y encargado por su zeloso primer Ministro el Excelentísimo Señor Príncipe de la Paz, el que yo haga entender y propagar en los pueblos de esta mi Intendencia y Provincia estos sentimientos y buenos deseos de su paternal Regio amor á sus Vasallos, de que persuadidos lo procuren, y proporcionen, facilitando, relacionando, y llenado con ingenuidad y verdad las preguntas del adjunto Interrogatorio impuesto que dirijo á cada Pueblo por su respectivo Caballero Corregidor, ó Cabeza de Partido; cuyas noticias, y demás entiendan puedan conducir á su felicidad y aumento de particulares convivencias, convivencias con la Nación, reunidas, y dirigidas que me sean por los dichos Corregidores, ó en derechura, procuraré ilustradas en mi posible, ó hasta donde alcance mi respectivo zelo, amor, é interés por la causa pública y particular de esta Provincia de mi Intendencia y naturaleza, y trasladadas, como me es mandado, en un Plan general al Rey, por su expresado Primer Ministro el Excelentísimo Señor Príncipe de la Paz, para la nueva Dirección, creado para el fomento general del Reyno, bajo la inspección de dicho Excelentísimo, las exime, y pueda, reconocidas las causas, promover y facilitar las ventajas, aumento, convivencias, y beneficio general que se desea y deben prometerse los particulares los pueblos, todos, y el todo de la Nación, si cada uno concurre y cumple con su respectivo prevenido, y explicado en una y otra circular, como yo lo haré por mi parte, y tomando, y haciendo un atento estúdio del Periódico Semanario de Agricultura, de Artes que se publica é imprime en Madrid, dirigido principalmente á los Párrocos, para que lo expliquen y difundan entre sus Convecinos Feligreses, á los objetos y ventajas relacionadas, y demás que de ellos se puedan sacar, repitiéndose estas mismas noticias cada cinco años, con la variación que puedan tener, no olvidándolo los expresaros Corregidores y Pueblos, sin necesidad de nuevo recuerdo por su importancia y propio interés, como así se manda, y se me previene por dicha superioridad; en el concepto de que importa la mayor brevedad, porque antes de finalizar este año, y en todo Noviembre se me mandan remitir á la Corte
Dios guarde á V. muchos años.
Badajoz, 10 de Octubre de 1797.
Juan de Silva y Pantoja
Articulo publicado sin firma en la Revista de Guadalcanal de 1990 transcrito según lo insertó su autor y que tendrán contestación en una próxima entrada.Rafael Candelario Repisa
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